El Embargo
¿En qué consiste? ¿Me pueden embargar una propiedad por deudas no pagadas? ¿Pueden hacerlo si no vivo en ella?
Partamos por lo primero. El embargo es el primer paso en el remate de tu propiedad. Ocurre cuando has dejado de pagar tus deudas, sean estas de tu crédito hipotecario o de otras deudas no relacionadas. El embargo lo dicta un juez, luego de que el banco lo solicite, y puede recaer sobre toda clase de bienes, no solo sobre los inmuebles.
Una vez dictado el embargo sobre alguno de tus bienes, pierdes la posibilidad de venderlo o disponer de él, durante todo el tiempo que dure el juicio y hasta que el juez determine si corresponde o no llevar tu propiedad a remate para pagar la deuda que mantienes con el banco.
El embargo tradicional debe ser realizado por un receptor judicial, esto es, un funcionario del tribunal encargado de notificar actuaciones y realizar otras, como es el caso del embargo. Por ello, para que te embarguen algún bien, primero debes ser demandado, lo que ocurrirá generalmente varios meses después que dejes de pagar tus deudas.
Una vez embargado el bien este no deja de ser tuyo, sino que solamente afecta tu capacidad de disponer de él, como ya dijimos. La forma de alzar el embargo, es decir, dejarlo sin efecto, consiste en pagar la deuda por la cual se te demandó, o bien ganar el juicio.
En Centauri te queremos ayudar a superar esta situación, optimizando tus posibilidades de la mejor forma, y reconociendo todo el esfuerzo que has invertido en el pago de tus dividendos.